Más de 20 embarcaciones campanenses en la mira de ARBA por deudas impositivas
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires reglamentó los procedimientos que la habilitan a retener alrededor de 1.400 yates, lanchas, motos acuáticas y veleros a motor pertenecientes a contribuyentes que registran importantes deudas en concepto del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
La resolución normativa Nº19-23 de ARBA determina que el organismo ejercerá las facultades de retención y secuestro que le confiere el Código Fiscal, cuando se verifiquen las siguientes condiciones: que la embarcación tenga una valuación superior a $8 millones setecientos cincuenta mil ($8.750.000) (según lo establece Ley Impositiva vigente); posea una deuda equivalente al 10% o más de su valuación fiscal, o bien tenga impagas al menos el 30% de las cuotas vencidas no prescriptas; y se encuentre incluida en el listado que, a tal fin, se publica en www.arba.gob.ar.
Dentro de ese listado, que incluye unas 1400 embarcaciones de toda la provincia, un total de 23 son de Campana. Se trata de 3 lanchas, 19 yates a motor, y un velero. Las embarcaciones más costosas con asiento en nuestra Ciudad superan los 50 millones de pesos, mientras que la deuda más significativa ronda los 4 millones de pesos. En total, los contribuyentes locales suman una deuda de más de 26.5 millones de pesos, en total.
Según lo establecido por las normas fiscales bonaerenses, los dueños de embarcaciones con motor, que sean utilizadas para recreación y actividades deportivas, y posean amarre o guardería habitual en territorio de la provincia de Buenos Aires, tienen la obligación de pagar el tributo correspondiente en esta jurisdicción.
Los titulares de las más de 1.400 embarcaciones deportivas publicadas en la web de ARBA adeudan al fisco bonaerense un total de $1.587,5 millones. Ahora, deberán regularizar su situación impositiva para evitar la retención o el secuestro de esos bienes.
De acuerdo a lo reglamentado por la Agencia de Recaudación, cuando los equipos de fiscalización realicen un operativo en guarderías náuticas, amarraderos o lugares de fondeo, y detecten embarcaciones con deuda o no registradas, los titulares de las embarcaciones tendrán la oportunidad de acreditar que ya regularizaron su deuda impositiva. O bien, en el caso de las no registradas, podrán demostrar que ya fueron inscriptas o no les corresponde dicha obligación.
Si no lo hacen, el equipo de fiscalización procederá a la retención temporal de la embarcación, que quedará amarrada o guardada en el mismo lugar en que se encuentre. Para recuperarla, quienes tengan deuda deberán cancelarla en su totalidad o en un 50%, comprometiéndose en ese caso a abonar el resto en un plazo de 10 días hábiles, y firmando a tal fin un acta de compromiso de pago.
En cuanto a las no registradas, el proceso para recuperar la posesión de la embarcación será equivalente, ya que sus propietarios tendrán que inscribirla en jurisdicción bonaerense o, de corresponder, efectuar un cambio de radicación. También se les ofrecerá la posibilidad de firmar un compromiso en ese sentido, que les dará un período de 10 días hábiles para realizar el trámite.
Para llevar a cabo la acción de secuestro, se labrará un acta, dejando constancia del procedimiento y todos los detalles de lo actuado. ARBA comunicará inmediatamente la medida al juez correccional de turno, notificará al titular de la embarcación y, de corresponder, a la guardería o club náutico que actúe como depositario.
Las embarcaciones deportivas o de recreación secuestradas quedarán en el propio lugar de amarre, fondeo o guarda, bajo custodia de la entidad que administra el lugar. Mientras dure la medida, no se podrá hacer uso del bien, y ARBA informará la situación a la Prefectura Naval Argentina, que dispondrá los mecanismos pertinentes para imposibilitar su navegación